En procedimientos iniciados a solicitud del interesado se mantiene la regla general del silencio positivo con las excepciones de la Ley 30/1992 incluyendo como novedad, el efecto desestimatorio en procedimientos que impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente

También como novedad se obliga a que en el plazo de 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el órgano competente debe expedir de oficio el correspondiente certificado del silencio. Sin perjuicio de lo anterior, el interesado podrá pedirlo en cualquier momento, computándose el plazo indicado anteriormente desde el día siguiente a aquél en que la petición tuviese entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver

Infografía. El Silencio Administrativo