La reforma del artículo 135 de la Constitución Española (destinada a garantizar por vía constitucional el equilibrio presupuestario de las Administraciones Públicas –AAPP- y que prevé como prioridad absoluta el pago de la deuda) supuso la aprobación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), elevando como pilares fundamentales a nuestro ordenamiento jurídico los principios de estabilidad y sostenibilidad financiera.

La LOEPSF aborda el endeudamiento, pero éste, en el sector público, no solamente se materializa en deuda financiera sino también en deuda comercial (volumen de deuda pendiente de pago a los proveedores de las AAPP) que se ve agravada por el aumento de la morosidad afectando negativamente a la sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria.

Con el objeto de erradicar la morosidad de las Administraciones, controlar y reducir la deuda comercial, suministrar liquidez a las empresas (debido a la reducción del Período Medio de Pago) e incrementar la transparencia y eficiencia de las AAPP se aprobó la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público, donde ya su preámbulo exige crear un instrumento, automático, de fácil aplicación, eficaz y comprensible para las AAPP y los ciudadanos1: el periodo medio de pago (PMP) como expresión del volumen de la deuda comercial

La LOEPSF introduce el concepto del PMP como expresión del tiempo de pago o retraso en el pago de la deuda comercial. En su disposición final segunda se establece que por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, se desarrollará la metodología de cálculo del PMP a proveedores de las AAPP conforme a criterios homogéneos y que tendrá en cuenta los pagos efectuados y las operaciones pendientes de pago.

Resumen del Real decreto 635/2014, de 25 de julio, el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo Medio de pago a proveedores de las administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de Retención de recursos de los regímenes de financiación  previsto en la ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera:

Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, que desarrolla la metodologia del cálculo del PMP a proveedores